EL DERECHO A DELINQUIR

Por Juan Manuel López Caballero

Nuestra escala de valores se ha distorsionado no solo como lo mencionó el presidente de la Conferencia Episcopal, Monseñor Rubén Salazar, porque hemos perdido el respeto por la vida y somos indiferentes ante la cantidad y el tipo de nueva violencia que se ha enseñoreado del país, sino porque defendemos en el ámbito jurídico el derecho a delinquir, aunque no en referencia al 'estado de necesidad', según el cual el indigente ante la inminencia de una muerte por hambre roba un mendrugo de pan.

Tan desplazados estamos en cuanto a los valores jurídicos -y por supuesto a los éticos- que la mejor defensa que se presenta y se repite respecto al eventual cohecho en la adjudicación de notarías por parte de funcionarios oficiales (e incluso del Presidente) es que todos los anteriores Gobiernos han hecho lo mismo.

Y en efecto es prácticamente seguro que los Gobiernos anteriores usaban la adjudicación de notarías para sacar adelante las leyes que presentaban. Y en gracia de discusión se puede suponer que también podía haber prebendas que no fueran para el interés de su electorado, sino para intereses personales. Pero nunca se reivindicó lo correcto de ello sino por el contrario se consideró una 'mala práctica' o 'vagabundería', al punto que por eso se legisló para que se eliminara. Ninguna duda puede haber de que tal comportamiento se consideraba indeseable, y que por eso se derogó.

Pero aún así no se caía en el campo del delito. Alguna columnista sugirió que el momento en que se convertía en delito era cuando con ello se inducía el cambio de voto. Pero probablemente ni siquiera en tales casos se daría una tipificación que llegara a permitir una sentencia.
Incluso el que ya existiera la ley cuya motivación era acabar con esa mala práctica no la convertía en delito en la medida que por no haberse reglamentado el concurso por méritos los nombramientos seguían siendo discrecionales. Pero el argumento de quienes esperan que nadie de las autoridades sea declarado culpable se cae cuando el beneficiario además de ser el gestor o autorizador del reparto de prebendas es el beneficiario de la reforma que se propone (en este caso además el único). Estamos entonces ante la defensa del derecho a delinquir.
Otro caso: En reciente reunión alguno de los contertulios señaló que nunca había tenido posición a favor ni en contra de ninguno de los gobiernos anteriores, pero que respecto al actual si le producía rechazo la cercanía o relación que aparecía con los paramilitares; que no podía digerir fácilmente que alguien pagara o aprobara un sistema y una organización cuyos instrumentos eran las motosierras, las fosas comunes y los hornos crematorios.

Otro de los presentes respondió que era apenas lógico que así sucediera y que 'todos hemos pagado; de otra manera no hubiéramos podido volver a nuestras fincas'. Nadie reaccionó ante tal afirmación, pues se entendía que así lo ven todos los que tenían ese problema. No se habla ya de que pudieran ser extorsionados u obligados por los paramilitares, sino de una contribución voluntaria y agradecida ante lo que hacían. Varias veces se había planteado la pregunta de cómo sería el caso del Ubérrimo, si es que no le cobraban, si le cobraban a las malas, o si simplemente su dueño colaboraba entusiasmado… parecería que son pocas las dudas que se acogía a esta última opción y que tenía la misma visión de quienes todavía tan entusiastamente lo respaldan porque encarnó la aprobación a ese proceso. Es otra modalidad de la defensa del derecho a delinquir, no solo en cabeza de los asesinos sino en alguna forma también en cabeza propia.

Que también se reaccione escandalizándose ante la reacción del Ecuador por el bombardeo a su territorio no debe sorprender. Al fin y al cabo no se está pensando en términos de lo que entonces sucedió sino del resultado que se logró. Solo así se entiende que parezca un complot el que un juez haga algún pronunciamiento sobre el hecho de que se encuentren 25 cadáveres en su jurisdicción. En términos judiciales lo único que no podía pasar es que no abriera ninguna investigación, ni pidiera dentro de un proceso ninguna explicación, ni atendiera o respondiera la solicitud del fiscal y se limitara a decir, sin prueba o análisis alguno, que eran terroristas contra los cuales existía el derecho de matarlos, sin consideración ni a la naturaleza de los muertos, ni quienes los artífices de sus muertes. En otras palabras, la alternativa era desentenderse de que hubiera sucedido algo sobre lo cual le correspondía a él resolver.

El llamado a Santos nace de sus propias declaraciones pues él mismo dijo que fue quien montó y dirigió la operación, y que solo notificó al Presidente cuando ésta estaba preparada y la decisión tomada y sólo faltaba su visto bueno.

La connotación diplomática de tal medida, que sin lugar a dudas requería del visto bueno y la decisión de la máxima autoridad de esa Nación, es la que corresponde a las relaciones entre los dos países, o sea las que han venido girando alrededor de conflictos creados por el Gobierno Colombiano al tratar los temas internacionales como trata los locales. Los antecedentes inmediatos son: la negativa a reconocer los daños que al medio ambiente y la población fronteriza causan las fumigaciones, problema que llevó al Ecuador a la necesidad de una demanda internacional para enfrentar tal situación; la actitud prepotente según la cual era obligación de Ecuador el impedir la entrada y perseguir a los guerrilleros en su territorio y no la de Colombia el cubrir sus propias fronteras (o sea, imponer a ese país la obligación de seguir en su territorio la política de guerra de este Gobierno); el bombardeo de su territorio sin consulta previa; la mentira pública al afirmar que había hablado con el presidente Correa y éste estaba informado de la operación; pero sobre todo el reiterado tratamiento de 'auxiliadores de los terroristas' con lo cual en vez de proponer una relación cordial presentando unas excusas, lo que se ha buscado es darle a ese país el mismo tratamiento que supuestamente permitía el bombardeo, es decir tratarlo de enemigo de Colombia. Por eso la ruptura de relaciones y la lógica del Presidente Correa de que se presenten disculpas y se retiren las afirmaciones en ese sentido.

En el Derecho Internacional no existe la opción de violar la soberanía de otro país para matar a los enemigos de un Gobierno. Y el pretexto de que la resolución de la ONU con motivo del ataque a las Torres Gemelas permite a cualquier país perseguir terroristas en cualquier parte del mundo y atacar a los países que los reciben, depende de la calificación que difícilmente aceptarían hoy buena parte de los países americanos, a saber, que Ecuador entra en la categoría de 'auxiliador del terrorismo' (ni lo uno ni lo otro aceptó la OEA cuando Uribe simuló acatar la exigencia de pedir disculpas). El único delito internacional evidente aquí es el Delito de Agresión, el cual, por existir pero no estar reglamentado en el Estatuto de Roma, no puede ser demandado por Ecuador ante la Corte Penal Internacional; pero lo que a este respecto reivindica nuestro Gobierno es el derecho a delinquir sin tener que responder en forma alguna.

Julio 15 de 2009.