LO NUEVO EN EL CASO DEL PALACIO DE JUSTICIA


Por Juan Manuel López Caballero

Se podría decir que el interés judicial por lo sucedido cuando el holocausto del Palacio de Justicia se inició al vincular la Fiscalía algunos de los oficiales de las Fuerzas Armadas que participaron de esa operación. Esto ha llamado mucho la atención y la pregunta que más se plantea es ¿porqué hasta ahora? ¿porqué si todo lo que hoy aparece se conocía desde entonces, no se habían iniciado los juicios antes?

Lo sorprendente es que la razón -o mejor, el pretexto- sería que dependía de saber que pasó con los desaparecidos de la cafetería. Y si bien es lógico que fuera la 'pieza que le falta al rompecabezas' la que centrara la atención o el interés de la opinión (o de los medios), no lo es que por ello se desatendiera la obligación de la Administración de Justicia.

El hecho es que la barbarie del manejo para la llamada 'retoma' del Palacio por parte de las fuerzas del Estado fue condonada, y que los delitos y crímenes cometidos entonces quedaran en su mayoría prescritos. Para unos el hecho de que el ataque del M19 fuera un acto delictuoso, para otros el que fuera cometido por un grupo subversivo, y para otros más el que supuestamente pudiera haber sido respaldado por el narcotráfico, eran razones suficientes para justificar cualquier error, cualquier exceso, e incluso cualquier crimen.

Alguna inquietud se presentaba en relación a los desaparecidos, pero hasta eso se logró minimizar con el absurdo de que no se iniciaban los juicios porque las víctimas o sus restos no aparecían, cayendo en contradicción con lo que es el delito mismo, que se produce justamente por no saber que pasa con ellas.

Lo que dio vuelo a las instancias judiciales fueron las pruebas que confirman que el Magistrado Auxiliar Horacio Urán, quien apareció como uno de los muertos del combate, había salido vivo de Palacio.

Pero respecto a la desaparición del grupo de empleados de la cafetería, tomó 20 años que se comenzara a aplicar las leyes y la justicia, siendo a lo largo de ese lapso la situación tan clara como hoy:

-Por ser un delito continuado la desaparición forzada no tiene prescripción.
-No se puede pensar en 'autodesapariciones';
-No pudo ser el M19 el que los sacó y se los llevó;
-La deducción -más fuerte que cualquier indicio- es que los responsables de las desapariciones fueron las fuerzas oficiales;
-Y como de acuerdo a nuestro ordenamiento legal el principio de 'obediencia debida' en las fuerzas armadas hace que los subalternos ni puedan no acatar las ordenes ni puedan ser llamados a responsabilidad por las actuaciones que de ellas se derivan, la ley penal obliga que como presuntos culpables de ese delito sean llamados los mandos a cargo del operativo.
-El grado de culpabilidad de los niveles superiores lo determinará el juicio mismo, pero, a menos que se establezca una insubordinación, debe llegar al tope de la jerarquía.

Puede que todos los otros crímenes (homicidios fuera de combate, torturas, secuestro, etc.) no puedan ser ya juzgados; pero está en manos de nuestros jueces y fiscales que no quede todo en la impunidad y en la ignorancia de la verdad… Y ojalá no se diga que al revelar y confesar el sitio donde están los cadáveres terminaría la desaparición y se rompería la condición de delito continuado, y eso salvaría a los involucrados, por quedar cobijados por la prescripción sobre las acciones cometidas durante ese tiempo.