EL PEOR NEGOCIO QUE HA HECHO COLOMBIA


Por Juan Manuel López Caballero

Para no entrar en el llamado "carrusel de los medios" (entendido éste como la caja de resonancia que busca manipular la opinión pública), ni ampararme en que solo comento lo que otros afirman, no acostumbro referirme a artículos de otras publicaciones.

En este caso me aparto de esa costumbre para aconsejar a los lectores la lectura del "Informe Especial" del número 222 (abril 2 al 22) de Ámbito Jurídico.

Se refiere al negocio de la venta de Carbocol y creo que amerita más conocimiento del público y sobre todo de las autoridades de control, puesto que, alterando el orden en que lo presenta esa publicación, el interés no nace de la forma en que se hizo el negocio, sino de los resultados que lo muestran como el peor de nuestra historia.

Los hechos son los siguientes:

En Noviembre del 2000 se vendió la participación de Colombia (50%) en la explotación de la mina del Cerrejón por 383 millones de dólares.

El avalúo según la metodología adoptada por la Banca de Inversión que hizo el cálculo debería dar la suma de 540 millones de dólares, pero con un cambio en las variables de la fecha (8 Noviembre de 1999) presentaron la suma de 435 millones (básicamente en el avalúo se debe incluir un descuento por "riesgo político" cuya metodología de cálculo está estandarizada; la usada por los avaluadores no coincide con la certificada por el Banco de la República).

El negoció se cerró un año después del avalúo, pero en ese momento se modificó adicionando una cláusula de protección de riesgo de manera que el costo cambiario de la devaluación no corriera para el comprador.

El contrato de venta incluía una cláusula según la cual el otro socio en el 50%, Intercor la filial de la Exxon, sólo podía vender por un mínimo de 702 millones de dólares (¿?).

Y en efecto a los 16 meses vendió al mismo comprador su otra mitad, pero por 1.117 millones de dólares.

Y después, en 2006 en venta que hizo uno de los compradores (la compañía suiza Glencore) el precio fue de 1.700 millones de dólares por el 33%, o sea el equivalente a 2.575 millones de dólares por la parte que vendió Colombia (aunque en esta nueva venta ya no se incluía el control mayoritario.Es obvio que después viene sí la pregunta de ¿cómo sucedió esto?

La principal respuesta que se da es supuestamente la mejor administración privada pero esto no debía aplicar puesto que la administración la tenía el socio privado, o sea la Exxon a través de Intercor. Se entiende la cláusula según la cual la mitad de ellos valdría más porque el contrato de administración de acuerdo a la negociación debía seguir, y si se rompía debía reconocerse el valor de ese incumplimiento. Entonces o no es la 'privatización' la que le dio el mayor valor, o la gestión privada (de Intercor) lo que representó fue una prima de castigo para el sector oficial.

Se aduce que esa "administración de la empresa privada" aumentó la producción de tal manera que el valor de la empresa aumentó
proporcionalmente. En realidad la venta se hizo en base a la cantidad de material que se calculó se iba a extraer de acuerdo a la programación existente -es decir, lo previsto para la duración de la concesión de explotación minera hasta el año 2033, a razón de 21millones de toneladas año-, y esta subió a partir de entonces, estando hoy en 27 millones y esperando llegar a 32 millones. Pero por un lado el incremento en la extracción no existía en el momento de la negociación entre Intercor y los mismos compradores; y por el otro, al hacerse la venta en base a una concesión, esta debía estar limitada a lo proyectado o proyectarse de acuerdo al potencial que se entrega; lo que no tiene nunca sentido es avaluar en base a las limitaciones de quien vende.

Después se justifica por el alza del carbón pero ésta se produjo después de que Intercor vendió por el triple de lo recibido por Colombia. Además los cálculos o proyecciones suponen no tener desviaciones de magnitudes como en este caso de casi 10 veces más (o, si el mercado es así de volátil y existen incertidumbres que pueden producir semejantes cambios, se incluyen cláusulas de ajuste o compensación).

Se alega que la compañía avaluadora era extranjera, y en consecuencia no tenía porque tener interés en determinado resultado pero aparece que era del mismo grupo que la Banca que respaldaba a los compradores, y en consecuencia existía un evidente conflicto de intereses puesto que se beneficiaba del negocio financiero con ellos (era el Citygroup, que además fue multado por las autoridades americanas por tener esa clase de operaciones en que tenía doble calidad de asesor como Banca de Inversión de la operación y como financista del comprador, y por ello fue obligado a separar el negocio de Banca de Inversión).

En fin, las autoridades judiciales y administrativas están ante denuncias que está pendientes de resolver y que se refieren a multitud de
irregularidades en los trámites.

De acuerdo a la legislación la primera oferta fue para el sector solidario; sin embargo una sociedad privada consignó el derecho de participación en ese momento, o sea antes de que se abrieran las inscripciones para ello.

Las empresas privadas que quisieran ser oferentes tenían un plazo para acreditar su capacidad como tal (requisitos financieros y técnicos), y
ninguna se presentó dentro de los términos. Las tres futuras compradoras enviaron la documentación extemporáneamente, sin embargo fueron habilitadas cuando el proceso ya estaba legalmente muerto.

El comité que evaluaba esa capacidad le dio su aprobación en una fecha anterior a la de un informe donde la firma contratada para verificar la
legalidad de los procedimientos menciona que todavía no tenía la calificación de dos de ellas.

La empresa privada que había consignado los derechos de participación (recuérdese, antes de que se abriera la inscripción, y siendo la única que cumplió ese requisito) "cedió" a una de las oferentes ese derecho: la posibilidad dicho tipo de "cesión" no estaba contemplada en las leyes del proceso de venta.

Aparece la delegada del comité técnico como presente y firmando dos actas en fechas en las cuales según resolución del Ministerio de Minas estaba en vacaciones.

Ya en desarrollo del proceso se modificaron los plazos para la presentación de ofertas, para los pagos, y hasta para permitir la "participación
indirecta" o sea la sustitución por terceras sociedades filiales de la matriz oferente.

Todo lo anterior se corona con: 1) el pacto entre la tres empresas oferentes para hacer conjuntamente una sola oferta, 2) los documentos presentados el día de la "subasta" aparecen con radicación anterior a su emisión, y firmados por quien no estaba ejerciendo la función de notaria ese día.Lo más increíble es que el acto administrativo de adjudicación no existe y el acta correspondiente podría estar viciada pues quién firmó como Ministro encargado nunca se posesionó, lo que técnicamente podría configurar una usurpación de funciones.

Como ningún hecho existe aislado sino dentro de un contexto que lo explica, y como todo esto sucedió dentro del modelo de "privatización" y en el cuatrienio de Andrés Pastrana, queda la duda si el peor negocio de Colombia fue éste, o fue haber adoptado el modelo neoliberal, o fue haber tenido ese gobierno.